Una decisión de la AFIP provoca que la valuación fiscal de los
inmuebles en Capital Federal se cuadriplique. Todos los deta
lles.
La AFIP puso a disposición de los contribuyentes porteños el aplica
tivo de Bienes Personales, a través del cual torna operativo el impues
tazo para el período fiscal 2021, ya que se cuadriplica la valuación
de los inmuebles en la Ciudad de Buenos Aires (CABA).
El ente recaudador anunció en abril último una serie de cambios en la
valuación de los inmuebles de la Ciudad a efectos del impuesto sobre
los Bienes Personales, "desconociendo lo que dispone expresamente
la normativa de la Ciudad, la reforma de ese tributo de 2017 y aplicán
dolo en forma retroactiva para quienes no hayan presentado las decla
raciones juradas y pagado los períodos fiscales vencidos", explicó el tri
butarista Sebastián Domínguez.
Además, aclaró que ese cambio de criterio consiste en multiplicar la valua
ción fiscal homogénea (VFH) de los inmuebles situados en CABA por la
Unidad de Sustentabilidad Contributiva (USC) cuyo coeficiente es 4, a los
efectos de determinar la valuación fiscal para compararla con el costo
de adquisición o valor a la fecha de ingreso al patrimonio actualizado,
deducida la amortización correspondiente y tomar el importe mayor.
Cuanto más lejana sea la fecha de compra de un inmueble, más probabi
lidades hay que se deba aplicar la valuación fiscal para pagar Bienes
Personales, generando un incremento del impuesto por aplicación de es
te nuevo criterio, según el especialista.
Por caso, Domínguez puso este ejemplo:
-- Inmueble con valuación fiscal homogénea de $ 500.000 al 31/12/2017
correspondiente a un inmueble de tres ambientes en Recoleta. Al regis
trar esa valuación, el sistema de la AFIP automáticamente realiza los
siguientes cálculos:$ 500.000 (VFH) x 4 (USC) x 466,70% (variación
IPC 2021/2017) = $ 9.334.000. Es decir, considera que costo de adquisi
ción o valor a la fecha de ingreso al patrimonio actualizado deducida la
amortización correspondiente (valor residual) se debe comparar con $
9.334.000 y tomar el mayor.
En ese sentido, el tributarista aclaró que cuanto más lejana sea la fecha
de compra de un inmueble, más probabilidades hay que se deba aplicar
la valuación fiscal para pagar el impuesto, generando un incremento del
gravamen por aplicación de este nuevo criterio.
En este caso, si se mantuviera el criterio anterior, la valuación fiscal sería
de $ 2.333.500 según el siguiente cálculo: $ 500.000 (VFH) x 466,70% (va
riación IPC 2021/2017) = $ 2.333.500. La diferencia de valuación, en este
ejemplo, es de $ 7.000.500. Si el contribuyente está en la escala del 1,25%
(Bienes entre $ 18.000.000 y $ 100.000.000) y debe tributar sobre
$ 9.334.000 en lugar de hacerlo sobre $ 2.333.500 el efecto del cambio de
criterio implica un aumento de bienes personales de $ 87.506,25.
"Un impacto importante muy importante para una persona de clase media,
sobre todo en el contexto económico argentino actual", advirtió Domínguez.
Y recomendó que los contribuyentes que declaren una valuación menor
a la real, podrían presentar una nota ante la AFIP "indicando que han adop
tado este criterio a los efectos de demostrar que no hubo ningún intento
de engaño al Fisco".
"Si no se presenta la nota, el Fisco podría pretender aplicar sanciones
agravadas e incluso, si se supera el monto objetivo de punibilidad pre
visto en el Régimen Penal Tributario para delitos de evasión, realizar la
denuncia penal correspondiente", advirtió. También dijo que existen tam
bién otros caminos que se pueden explorar, como pagar el impuesto apli
cando la USC y luego solicitar la devolución o establecer una estrategia
judicial, como podría ser plantear una acción para obtener una medida
cautelar a los efectos de que el Fisco no pueda exigir la diferencia de im
puesto.
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