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viernes, 3 de junio de 2016

La Justicia suspendió a Echegaray como titular de la AGN

Un día después de que lo procesaran, una jueza hizo lugar a una medida
 cautelar presentada por Elisa Carrió.
La Justicia suspendió hoy por tres meses en su cargo al titular de la Au
ditoría General de la Nación (AGN), Ricardo Echegaray, un día después 
de que se dictara el primer procesamiento en su contra.
La decisión fue adoptada por la jueza 
en lo Contencioso Administrativo Fede
ral Claudia Rodríguez Vidal, a raíz de un
 amparo impulsado por la diputada Eli
sa Carrió, socia política del presidente
 Mauricio Macri.
El fallo judicial, que llega en medio de 
los tironeos del Gobierno y el Partido 
Justicialista por la remoción de Echegaray, será apelado por el ex jefe 
de la Administración Federal de Ingresos Públicos, dijeron a DyN fuen
tes del caso.
Además, las fuentes señalaron que Echegaray apeló el procesamiento
 por instigador de falso testimonio y violación de secretos que le dictó
el juez Claudio Bonadio por la denuncia del ministro de Hacienda, Alfon
so Prat Gay, que se sintió agraviado por una acusación que le hicieron
 entonces funcionarios de la AFIP por supuesta evasión.
También explicaron que presentó un recurso de reconsideración ante
 su remoción de la AGN dispuesta por resolución de las máximas auto
ridades del Congreso y un amparo ante la Justicia en lo Contencioso 
Administrativo Federal para que no se ejecute ese medida.
En cuanto al caso que resolvió Rodríguez Vidal, las fuentes recordaron
 que junto al diputado Fernando Sánchez, Carrió presentó en la justicia
 en enero pasado "una acción de amparo contra el Congreso de la Na
ción (Presidencias de las Cámaras de Diputados y de Senadores de la Na
ción), para que se declare la nulidad de la Resolución Conjunta del H. 
Congreso de la Nación 1/2016, de fecha 5 de enero de 1026, por la que
se designa al Sr. Ricardo Daniel Echegaray como presidente de la Audi
toría General de la Nación (AGN)".
Se sostuvo allí que el nombramiento era "infundado y violatorio de los
 arts. 16, 37, 68, 85 y concordantes de la constitución Nacional y del art
. 126 de la ley 24.156" Carrió impugnó la propuesta elevada por el parti
do político de oposición, en la que se nominaba a Echegaray para ocu
par el cargo de titular de La AGN por "falta de idoneidad moral", por "ha
ber utilizado su cargo de director ejecutivo de la AFIP para perseguir po
líticamente a la diputada así como a infinidad de dirigentes políticos, so
ciales, empresarios y ciudadanos en general".
También dijo que la AGN como organismo de asistencia técnica del Con
greso "no puede estar integrado por personas acusadas de haber vulne
rado los privilegios parlamentarios de ningún miembro del poder del Es
tado del cual dependen y deben asistir".
En una ampliación de su presentación, Carrió remarcó además "la exis
tencia de numerosas causas judiciales" contra Echegaray: precisamen
te el ex titular de la AFIP fue llamado a indagatoria en la causa por la lla
mada "ruta del dinero K" y fue imputado por el fiscal Guillermo Policita 
en la causa que la propia diputada impulsó en 2008 por asociación ilíci
ta contra el ex presidente Néstor Kirchner y funcionarios y empresarios
 amigos.
Además, el fiscal Jorge Di Lello también avanzó en su imputación en la
 causa Ciccone, por la que fue procesado el ex vicepresidente Amado
 Boudou.
Pero fue el procesamiento dictado ayer por el juez Bonadio lo que lle
vó a la jueza Rodríguez Vidal a firmar el amparo pretendido por Carrió 
desde principios de año.
Es que la jueza validó primero la legitimación activa de Carrió y Sán
chez para pedir la medida de amparo por ser diputados de la Nación y
 afirmó luego que el fallo dictado por Bonadio "es adecuado sustento 
para que cautelarmente se disponga la suspensión de sus funciones 
en el cargo de presidente de la AGN".
"Aun cuando aquella resolución adoptada en la causa penal no se en
cuentra firme, la misma resulta obstáculo para su permanencia al fren
te del aludido órgano de control y suficiente para adoptar dicho tempe
ramento en el marco de este pronunciamiento de manera meramente 
precaucional, en la medida que constituye precisamente el valladar 
que las cámaras del Congreso sostiene que no se había sobrepasado 
al dictarse el auto de designación aquí cuestionado", afirmó.
La jueza sostuvo que "la suspensión cautelar aquí dispuesta tendrá un
 plazo de v vigencia de tres meses de conformidad con lo dispuesto en
 el articulo 5 de la ley 26.854". 

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