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viernes, 22 de julio de 2016

Macri compromete u$s 4.700 millones para que no fracase la licitación de energías renovables

Por Antonio RossiGarantizan a oferentes la estatización de las 
usinas si la CAMMESA no paga los contratos.
Sobre la hora y para no toparse con un fracaso en la licitación en 
curso,el gobierno salió en auxilio del ministerio de Energía de 
Juan José Aranguren con un decreto de necesidad y urgencia (DNU)
 que compromete un total de 4.700 millones de dólares de recursos 
presupuestarios para mejorar las garantías de pago y hacer más 
atractivo el negocio de las energías renovables a los oferentes pri
vados.
A ese monto se agregaron otros 3.000 millones de dólares en Letras
 del Tesoro que podrá emitir el ministerio de Hacienda y Finanzas pa
ra que la cartera energética pueda garantizar la “estatización” de las
 usinas de generación renovables a los operadores privados que no
 logren cobrar sus facturas mensuales de energía o que, por medi
das del Gobierno, no puedan girar dólares al exterior.Por medio del 
DNU 882, la administración macrista decidió establecer para este 
año un cupo fiscal de 1.700 millones de dólares para ser asignado a 
los beneficios promocionales del programa de energía renovables
 (RenovAr), con cual los funcionarios de Energía buscan incorporar, 
en una primera etapa, unos 1.000 MW de generación “limpia y no con
taminante”.
Con el argumento de brindar “mayor certeza y seguridad jurídica a
 los inversores privados que decidan invertir capitales de largo plazo
”, el DNU introdujo una serie de modificaciones y beneficios que 
apuntan a reducir los riesgos y facilitar el acceso al financiamiento 
de los proyectos de energía renovables.
Con esta movida, el gobierno intenta corregir los errores iniciales que
 había cometido el subsecretario de Energías Renovables, Sebastián 
Kind al reglamentar la ley del sector y convocar a la primera licitación
 de equipos de generación sin tomar en cuenta la situación económi
ca y financiera y la visión del negocio que tienen los potenciales inte
resados y los proveedores locales.
Entre los cambios introducidos por el DNU –que en parte tuvo en 
cuenta los planteos y objeciones que venían haciendo las empresas
 y los bancos interesados en el negocio—sobresalen los siguientes:
--El Estado nacional se compromete a adquirir las centrales de genera
ción instaladas por los oferentes privados cuando se registre alguna 
de las siguientes causales: a) falta de pago en tiempo y forma, total o 
parcial, de la energía entregada a la CAMMESA: b) Imposibilidad de ad
quirir dólares o convertir pesos a dólares; c) interrupción de pagos y 
transferencias de dólares a cuentas bancarias del exterior; d) la extin
ción de las garantías otorgadas por el Estado y e) la falta de cumpli
miento de cualquier sentencia judicial o laudo arbitral firme.
--Los contratos de abastecimiento de energía eléctrica proveniente de
 fuentes renovables que originariamente iban a ser por 20 años ten
drán ahora un plazo máximo de 30 años.
--Se elimina la cláusula por la cual los arbitrajes tenían que hacerse ex
clusivamente bajo legislación argentina. A partir de ahora, las partes 
pueden establecer mecanismos arbitraje basados tanto en la jurisdic
ción local, como en los tribunales de Nueva York y los organismos in
ternacionales del CIADI y la UNCITRAL.
--Se reformula la integración del Comité Ejecutivo del FODER (Fondo Fi
duciario para el Desarrollo de las Energías Renovables) que iba a contro
lar solo el ministerio de Energía. Se suman al manejo del fondo el minis
terio de Hacienda y el Banco de Inversión y Comercio Exterior.
--Los contratos que firmen los funcionarios y los oferentes privados po
drán incorporar cláusulas de indemnidad por cualquier daño o reclamo
 relacionado con el ejercicio de sus derechos, funciones y tareas. La 
obligación de indemnidad se hará efectiva con cargo a las partidas pre
supuestarias del ministerio de Energía.
Para defender el uso de la vía extraordinaria del DNU y la exclusión de
Parlamento, la Casa Rosada esgrimió como argumento que “teniendo 
en cuenta los plazos que deben cumplirse hasta alcanzar la habilitación
 comercial de las centrales de generación eléctrica a partir de fuentes
 renovables, es indispensable adoptar sin demora alguna las medidas 
necesarias para complementar el marco jurídico vigente de modo que
 los potenciales inversores tengan certeza sobre el régimen aplicable 
en forma inmediata y puedan desarrollar sus proyectos y ejecutarlos a
 la mayor brevedad posible”.
El apuro del Gobierno para que no fracase la denominada “Ronda 1” de
 incorporación de energías renovables quedó sobre el tapete en el pá
rrafo que resalta que “también es esencial acelerar los tiempos de insta
lación de las centrales renovables en atención a la contribución funda
mental que significarán para superar la emergencia del sector eléctrico
 nacional que rige hasta diciembre de 2017”.
Tal como solía hacer la gestión kirchnerista, la administración de Mauri
cio Macri justificó el DNU remarcando que “aguardar el tiempo que ine
vitablemente insume el trámite legislativo irrogaría un importante retra
so que impediría actuar en tiempo oportuno y obstaría al cumplimiento 
efectivo de los objetivos de la presente medida”.

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