Se pidió que se suspendan las resoluciones del Ministerio de Energía y
Minería de la Nación, que fijaron topes máximos de 400 y 500%
Minería de la Nación, que fijaron topes máximos de 400 y 500%
ción con el proceso en el que la Sala II de la Cámara Federal platense
anuló el 7 de julio pasado las resoluciones 38 y 31/2016 y retrotrajo la
situación tarifaria al momento previo a su dictado.
"Si son nulas las resoluciones precedentes por ausencia de realiza
ción de audiencias públicas, esa invalidez se extiende inexorablemen
te a las disposiciones subsiguientes que padecen del mismo vicio", in
dicó la fiscal.
El titular del Juzgado Federal N° 4 de La Plata, Alberto Osvaldo Re
condo, habilitó la feria judicial para tratar la medida cautelar autóno
ma presentada por el Cepis, que objeta la nueva resolución del Minis
terio de Energía de la Nación en la que se fija un tope del 400% en la
suba del gas respecto a igual período del año pasado para los usua
rios residenciales, y del 500% para comercios y pymes.
En referencia al proceso en el que intervino la Cámara Federal y ac
tualmente revisa la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la fiscal
señaló: "Tenemos, en consecuencia, un pronunciamiento judicial que
no solamente invalidó las resoluciones 28 y 31 que habían estableci
do un nuevo cuadro tarifario sino que contuvo un plus: determinó vol
ver al estado de cosas anteriormente vigente en forma previa al dicta
do de ambas resoluciones. Resulta nítido, por tanto, que el Ministe
rio (de Energía y Minería) demandado no estuvo habilitado para cam
biar ese statu quo".
La fiscal explicó que la nueva medida cautelar interpuesta por el Cepis
"es tributaria" del proceso iniciado contra las resoluciones 28 y 31 y
remarcó que "el hecho de que a posteriori del pronunciamiento de la
Excelentísima Cámara Federal de Apelaciones del circuito, el Ministe
rio de Energía haya emitido nuevas resoluciones sobre la misma mate
ria, intentando alterar de tal modo las consecuencias del mencionado
fallo, en modo alguno añaden elementos que trasunten la pregonada
autonomía" de la nueva medida cautelar.
La fiscal Russo se pronunció de forma favorable a la solicitud del Ce
pis porque "la alteración del sistema establecido por el pronuncia
miento de la Alzada traería aparejada la aplicación de aumentos indis
criminados que aquella sentencia ha vedado, con el consecuente pe
rjuicio para el patrimonio de centenares de miles de habitantes de la
Nación".
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