Impulsará una ley de ética pública provincial ideada por la diputada del GEN, que obliga a los funcionarios a presentar una declaración jurada de bienes a funcionarios de los tres poderes del Estado. Copia las obligaciones que a nivel nacional tienen desde que llegó la Alianza. “Nos permitiría atacar los distintos nichos de corrupción”, advirtió.
Gabriel Mariotto impulsará una ley de ética pública provincial que obligará a los funcionarios de los tres poderes del Estado a presentar una declaración jurada de bienes a funcionarios de los tres poderes del Estado.
El vicegobernador tomó un proyecto del senador Enrique Vázquez, del GEN, la fuerza de Margarita Stolbizer, quien propone igualar las obligaciones de los funcionarios bonaerenses a las que tienen los nacionales desde 1999, con la llegada de la Alianza.
"Lo íbamos a impulsar desde el bloque y nos dimos cuenta de que ya estaba presentado por el senador Vázquez del GEN, un espacio político distante del nuestro, pero con el que compartimos un ideal", justificó Mariotto su extraña alianza con la diputada opositora.
"Buscamos que haya más transparencia porque eso nos da más institucionalidad y nos permite atacar los distintos nichos de corrupción", justificó.
El vicegobernador recibió hoy en su despacho al creador de la iniciativa, el titular de la bancada del GEN, Ricardo Vázquez; y su par del peronismo Cristina Fioramonti.
Mariotto no se encuentra en su mejor momento. Esta semana se sorprendió con el despido de la directora de Asuntos Jurídicos de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. Y respondió con extraños elogios a Daniel Scioli.
El proyecto del GEN que impulsará el vicegobernador tiene estado parlamentario desde marzo de 2011 y se encuentra desde ese entonces en la Comisión de Trabajo y Legislación Social.
La propuesta establece que todos los funcionarios o agentes de los tres poderes del Estado provincial y municipal con categoría o función no inferior a la de director o equivalente presenten una declaración jurada patrimonial integral dentro de los treinta días hábiles desde la asunción en el cargo.
Y que la misma deberá ser actualizada una vez al año (actualmente rige el Decreto-Ley Nº 9624/80 que las estipula cada 5 años) para que se vuelva a presentar con las modificaciones que se hayan producido en los 30 días hábiles posteriores a la cesación en el cargo.
El texto de la ley dispone incompatibilidades con la función pública para quienes "dirijan, administren, representen, patrocinen, asesoren o, de cualquier otra forma, presten servicios a quien gestione, tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste".
"Lo íbamos a impulsar desde el bloque y nos dimos cuenta de que ya estaba presentado por el senador Vázquez del GEN, un espacio político distante del nuestro, pero con el que compartimos un ideal", justificó Mariotto su extraña alianza con la diputada opositora.
"Buscamos que haya más transparencia porque eso nos da más institucionalidad y nos permite atacar los distintos nichos de corrupción", justificó.
El vicegobernador recibió hoy en su despacho al creador de la iniciativa, el titular de la bancada del GEN, Ricardo Vázquez; y su par del peronismo Cristina Fioramonti.
Mariotto no se encuentra en su mejor momento. Esta semana se sorprendió con el despido de la directora de Asuntos Jurídicos de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. Y respondió con extraños elogios a Daniel Scioli.
El proyecto del GEN que impulsará el vicegobernador tiene estado parlamentario desde marzo de 2011 y se encuentra desde ese entonces en la Comisión de Trabajo y Legislación Social.
La propuesta establece que todos los funcionarios o agentes de los tres poderes del Estado provincial y municipal con categoría o función no inferior a la de director o equivalente presenten una declaración jurada patrimonial integral dentro de los treinta días hábiles desde la asunción en el cargo.
Y que la misma deberá ser actualizada una vez al año (actualmente rige el Decreto-Ley Nº 9624/80 que las estipula cada 5 años) para que se vuelva a presentar con las modificaciones que se hayan producido en los 30 días hábiles posteriores a la cesación en el cargo.
El texto de la ley dispone incompatibilidades con la función pública para quienes "dirijan, administren, representen, patrocinen, asesoren o, de cualquier otra forma, presten servicios a quien gestione, tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste".
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